Las empresas podrán leer el correo de los empleados, pero con previo aviso.

Una sentencia inapelable del Tribunal de Estrasburgo pone punto y final al debate.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha dictaminado que las empresas pueden acceder a las comunicaciones de los empleados siempre y cuando se haya avisado antes.

El muy esperado fallo del Tribunal da la razón a Bogdan Barbulescu, un empleado de origen rumano que en 2007 fue despedido de la compañía en la que trabajaba por uso indebido de recursos de la empresa.

La compañía justificó el despido tras acceder a las comunicaciones privadas del empleado y demostrar que éste había utilizado las herramientas -en concreto, el correo electrónico- para uso personal. Algunos mensajes, dicen, eran de naturaleza íntima.

La disputa entre ambas partes ha concluido hoy con esta sentencia judicial que es inapelable y que rectifica además la resolución del año pasado, que daba la razón a los empleadores.

El Tribunal de Estrasburgo considera que la compañía violó el artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, que obliga al respeto a la vida privada y familiar, del domicilio y de la correspondencia.

Eso sí, advierte que vigilar las comunicaciones de los empleados es legal siempre y cuando se avise con antelación.

Fuente: cso.computerworld.es

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